CARDOZO, JUAN JOSE Y OTROS c/ EN -M SEGURIDAD- PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda por diferencias salariales durante su actividad y pasividad. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la resolución y ordenó a la Caja de Jubilaciones practicar liquidación por el período de pasividad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Los actores Juan José Cardozo y otros promovieron demanda contra el Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Nacional Argentina reclamando el pago de diferencias salariales durante su actividad y pasividad, en virtud de los decretos 1246/05, 1126/06 y 1307/12.
En primera instancia se hizo lugar a la demanda. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó dicha sentencia en 2017 y 2021.
Al aprobarse la liquidación practicada por la demandada, la jueza de primera instancia no hizo lugar al pedido de la actora de que se ordene a la Caja de Jubilaciones realizar una liquidación por el período de pasividad del actor Cardozo.
La Cámara revocó esa decisión y ordenó a la Caja de Jubilaciones practicar la liquidación correspondiente al período de pasividad del actor Cardozo desde su retiro (21/08/2020) hasta la efectiva incorporación de los decretos. La Cámara citó precedentes judiciales que sostienen que la Caja de Jubilaciones es el organismo encargado de realizar las liquidaciones por haberes de retiro, más allá de que no sea parte del proceso.
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