PUERTA, MARIA CRISTINA Y OTRO c/ EN - M DEFENSA - ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Recurso de regulación de honorarios de letrada en ejecución de sentencia. La Cámara modifica los honorarios fijados en primera instancia y los reduce.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia analiza un incidente de regulación de honorarios de la letrada patrocinante y apoderada de la parte actora en la etapa de ejecución de sentencia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala V, modifica los honorarios fijados en primera instancia y los reduce a 1,12 UMAs, equivalentes a $28.417,76. Adicionalmente, regula los honorarios de la letrada por su labor desarrollada ante la Alzada en 2,40 UMAs, equivalentes a $60.895,20. La Cámara fundamenta esta decisión en la naturaleza, resultado, extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido por la letrada, conforme a los artículos 16, 21, 41 y concordantes de la Ley 27.423. Aclara que los importes establecidos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, que deberá abonarse en caso de acreditarse la condición de responsable inscripto.
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