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CENCOSUD SA c/ EN - M ECONOMIA (EXP. 82450300/21) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45

Cencosud SA interpuso recurso directo contra sanción administrativa por incumplimiento del Programa Precios Cuidados. La Cámara declara su incompetencia y remite el caso a la Cámara Federal de San Martín.

Competencia territorial Ley de defensa del consumidor Recurso directo Sancion administrativa Programa precios cuidados


¿Quién es el actor?

Cencosud SA

¿A quién se demanda?

Ministerio de Economía

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra sanción por incumplimiento del Programa Precios Cuidados

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V declara su incompetencia y remite el caso a la Cámara Federal de San Martín.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El artículo 45 de la Ley de Defensa del Consumidor establece que los recursos contra sanciones administrativas deben tramitarse ante la Cámara Nacional de Apelaciones en las Relaciones de Consumo, o ante las Cámaras de Apelaciones con asiento en las provincias, según corresponda. Por lo tanto, al tratarse de hechos ocurridos en la localidad de Merlo, provincia de Buenos Aires, corresponde la competencia de la Cámara Federal de San Martín.

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