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GOMEZ, JORGE RICARDO c/ EN-M JUSTICIA DDHH-LEY 24043 s/AMPARO POR MORA

El tribunal determinó los honorarios de la profesional interviniente en un amparo por mora contra el Estado.

Ley 27 423 Honorarios profesionales Unidad de medida arancelaria uma Impuesto al valor agregado Amparo por mora

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Sr. Jorge Ricardo Gómez promovió un amparo por mora contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Ley 24.043. El tribunal fijó los honorarios de la Dra. Sonia Débora Casale, abogada patrocinante, en la suma de $253.730, que equivale a 10 Unidades de Medida Arancelaria (UMA), de conformidad con lo establecido en la Ley 27.423. Además, indicó que en caso de que la profesional acredite su condición de responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado, deberá adicionarse la alícuota correspondiente a dicho tributo. Los fundamentos principales fueron:
- Es criterio reiterado y pacífico de este tribunal que la retribución de los profesionales intervinientes en un amparo por mora se debe determinar conforme lo establecido en el art. 44 de la Ley 27.423.
- Al fijarse los honorarios, se tuvo en cuenta la naturaleza y resultado del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional, y las etapas cumplidas.

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