Logo

OLCESE, RODOLFO ALBERTO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/AMPARO LEY 16.986

El demandante promovió acción de amparo contra la AFIP cuestionando la constitucionalidad de normas del Impuesto a las Ganancias. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la incompetencia territorial del Juzgado de primera instancia.

Competencia territorial Impuesto a las ganancias Amparo Afip Domicilio fiscal Contribuyente


¿Quién es el actor?

Rodolfo Alberto OLCESE

¿A quién se demanda?

AFIP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que disponen la retención sobre haberes previsionales, y restitución de montos retenidos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, rechazó el recurso de apelación interpuesto por el actor y confirmó la resolución de primera instancia que declaró la incompetencia territorial del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 11.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La competencia debe determinarse por el lugar de cumplimiento de la obligación, es decir, el domicilio fiscal del contribuyente.
- Dado que el domicilio del actor se encuentra en Quilmes, Provincia de Buenos Aires, la competencia corresponde a la justicia federal de ese distrito.
- Si bien la AFIP tiene jurisdicción en todo el territorio nacional, ello no significa que el único domicilio posible sea el de la Ciudad de Buenos Aires.
- Voto en disidencia del Juez Alemany: Sostuvo que la competencia debe radicar en el lugar donde se materializa la liquidación de los haberes y se practica la retención del Impuesto a las Ganancias, es decir, la sede central de la AFIP en CABA.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar