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OLIVIERI, NELIDA ELENA c/ PEN s/EMPLEO PUBLICO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revisa los honorarios de los abogados en un juicio por empleo público.

Ley 27 423 Honorarios profesionales Orden publico Iva Empleo publico


¿Quién es el actor?

NELIDA ELENA OLIVIERI

¿A quién se demanda?

PODER EJECUTIVO NACIONAL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por empleo público

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal fija los honorarios de los abogados de la parte demandada en 10 UMA (pesos 253.730) y por la actuación en segunda instancia en 3 UMA (pesos 76.119), de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.423.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 16 de la Ley 27.423 establece que los jueces no pueden apartarse de los mínimos fijados en dicha ley, los cuales son de orden público.
- El monto de los honorarios se fija teniendo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional desarrollada por los abogados de la demandada.
- Se aclara que, en caso de que los profesionales acrediten ser responsables inscriptos en el IVA, se deberá adicionar la alícuota correspondiente a dicho tributo.

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