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SIRIO, ADRIAN c/ REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS s/HABEAS DATA

El actor promovió acción de hábeas data para rectificación de domicilio erróneo en registros del Registro Nacional de las Personas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por el RENAPER.

Domicilio Habeas data Registro nacional de las personas Rectificacion de datos Lpdp


¿Quién es el actor?

Adrián Sirio

¿A quién se demanda?

Registro Nacional de las Personas (RENAPER)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Rectificación de domicilio erróneo registrado en RENAPER

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por el RENAPER contra la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de hábeas data. El juez de primera instancia hizo lugar a la acción de hábeas data y ordenó al RENAPER rectificar el domicilio erróneo registrado del actor y comunicar dicha rectificación. Para ello, el juez consideró que la Ley de Protección de Datos Personales (LPDP) consagra el derecho a la rectificación y actualización de datos personales, por lo que correspondía admitir la acción. En apelación, el RENAPER cuestionó la sentencia alegando que no se valoró adecuadamente la prueba aportada por su parte, que demostraría que el domicilio registrado era el correcto. Sin embargo, la Cámara consideró que el RENAPER no logró rebatir los fundamentos esenciales de la sentencia recurrida, limitándose a reiterar sus planteos anteriores, por lo que declaró desierto el recurso. La Cámara destacó que el mero desacuerdo con la valoración probatoria efectuada no es suficiente para sustentar el recurso, en tanto no se controvirtieron argumentos centrales de la decisión apelada.

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