TELLADO, CARLOS ALBERTO c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra el Fisco Nacional impugnando el aporte solidario y extraordinario creado por la ley 27.605. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la acción al considerar que el aporte tiene naturaleza tributaria, por lo que proceden las facultades de la AFIP para su aplicación, percepción y fiscalización.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El actor Carlos Alberto Tellado inició una acción de amparo contra el Estado Nacional y la AFIP para cuestionar la constitucionalidad del aporte solidario y extraordinario creado por la ley 27.605 y las facultades de la AFIP para su fiscalización.
- La jueza de primera instancia rechazó la acción por improcedencia formal de la vía intentada.
- El actor y el Fisco apelaron la sentencia.
- La Cámara analizó que, contrariamente a lo alegado por el actor, el aporte solidario tiene naturaleza tributaria y se subsume en el concepto de "contribuciones" del art. 4 de la CN, por lo que proceden las facultades de la AFIP para su aplicación, percepción y fiscalización.
- Destacó que el nombre o denominación dada al aporte no altera su naturaleza, debiendo atenderse a su verdadera esencia, estructura y mecanismo de aplicación.
- Concluyó que el actor no demostró la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta requerida para la procedencia de la acción de amparo, por lo que correspondía confirmar el rechazo de la acción.
- Impuso las costas por su orden, atendiendo a la complejidad de las cuestiones planteadas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: