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BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SAU Y OTROS c/ UIF s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25

El banco Galicia fue sancionado por deficiencias en su sistema de prevención de lavado de activos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la multa aplicada por la UIF al banco y sus directores.

Responsabilidad objetiva Sujetos obligados Prevencion de lavado de activos Matriz de riesgo Monitoreo de operaciones Identificacion de clientes


¿Quién es el actor?

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. y otros

¿A quién se demanda?

Unidad de Información Financiera (UIF)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación directa contra la Resolución UIF N° 032/2020 que impuso sanciones al banco y sus directores por incumplimientos en materia de prevención de lavado de activos.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La UIF comprobó deficiencias en la matriz de riesgo utilizada por el banco para definir los perfiles de los clientes, ya que se basaba solo en la categorización comercial y no en los ingresos reales.
- También se verificaron deficiencias en el sistema de monitoreo de operaciones del banco, que no permitía identificar operaciones que se apartaran del perfil de cada cliente.
- Asimismo, se acreditó la falta de identificación de beneficiarios finales de cuentas y la ausencia de declaraciones juradas de personas expuestas políticamente.
- Estas infracciones formales generan responsabilidad objetiva de los sujetos obligados, más allá de la existencia de dolo o culpa.

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