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OTAZU, CLAUDIO ALEJANDRO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional apeló la aprobación de la liquidación por intereses a favor de los actores. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia.

Intereses Recurso de apelacion Sentencia firme Reconocimiento judicial Prevision presupuestaria Administracion de fondos publicos


¿Quién es el actor?

Otazú, Galeano y Benítez

¿A quién se demanda?

Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aprobación de liquidación de intereses por la suma de $1.024.249,55 correspondiente al período 1°/9/20 al 3/3/23.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema estableció en el precedente "Martínez" que para la cancelación de reconocimientos judiciales firmes, el Estado debe prever presupuestariamente el capital de condena y los intereses devengados hasta el efectivo pago.
- Al no haber realizado la previsión presupuestaria integral de las sumas adeudadas (capital e intereses), el Estado Nacional no puede pretender que el pago de los intereses se realice conforme el art. 170 de la Ley 11.672.
- Aceptar la posición del Estado Nacional frustraría los fines del régimen de pago de sentencias judiciales, atentando contra la racional administración de fondos públicos y los derechos patrimoniales de los particulares.

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