ESPINOSA, ALDO DIONISIO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD- GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron intereses adeudados tras un juicio por personal militar. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión que ordenó a la demandada depositar los intereses en un plazo acorde a la jurisprudencia de la Corte Suprema.
Cobro de intereses adeudados luego de un juicio por personal militar y civil de las FFAA y de seguridad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmó la resolución que ordenó el depósito de los intereses adeudados, de acuerdo a la doctrina establecida por la Corte Suprema en el precedente "Martínez".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema estableció que para el pago de condenas el Estado debe prever presupuestariamente el capital más los intereses devengados hasta el efectivo pago, a fin de evitar la extensión de los pleitos y el consecuente perjuicio al Estado, al acreedor y al servicio de justicia.
- En el caso, al no haberse hecho la previsión presupuestaria integral, corresponde que la demandada deposite los intereses determinados en la liquidación complementaria, sin que ello deba sujetarse a un nuevo trámite presupuestario.
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