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PAN AMERICAN SUR SA (TF 39976-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

El actor promovió demanda por diferencias de derechos de exportación de hidrocarburos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la resolución de la Aduana que reclamaba el pago de las diferencias de derechos de exportación.

Hidrocarburos Sistema informatico Deber de pago Derechos de exportacion Precio internacional Carga de datos Resolucion 394 2007


¿Quién es el actor?

Pan American Sur SA

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias de derechos de exportación de hidrocarburos

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia del Tribunal Fiscal que había hecho lugar al reclamo de la actora, y se confirmó la resolución de la Aduana que reclamaba el pago de las diferencias de derechos de exportación. La Cámara señaló que conforme lo dispuesto en los arts. 726 y 728 del Código Aduanero, los derechos de exportación deben liquidarse y abonarse de acuerdo a la normativa vigente al momento del registro de la destinación de exportación, que en este caso establecía que se debía considerar el precio internacional vigente al día del registro. Si bien el sistema informático de la Aduana aplicó una cotización errónea el día anterior, ello no exime al exportador de pagar la diferencia conforme la normativa aplicable. Por lo tanto, la Aduana se encontraba facultada para formular los cargos correspondientes por la diferencia de derechos no abonada.

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