LEGUIZAMON, FABRICIO EMMANUEL c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El Ejército Argentino recurrió la intimación al pago de intereses adeudados. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la resolución y suspendió la ejecución forzada del crédito por intereses.
¿Quién es el actor?
LEGUIZAMON, FABRICIO EMMANUEL
¿A quién se demanda?
EN-M DEFENSA-EJERCITO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de pago de intereses adeudados
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución que había intimado al Ejército al pago de $243.700,78 en concepto de intereses, y suspendió la ejecución forzada del crédito.
Los fundamentos principales fueron:
- De acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN, si bien el Ejército había pagado el capital e intereses hasta abril de 2021, aún no había vencido el plazo del art. 22 de la ley 23.982 para el pago de los intereses restantes. Por lo tanto, no procede la ejecución forzada.
- Incluso cuando una liquidación es consentida por las partes, los jueces tienen el deber de rectificar errores aritméticos o de cálculo, a fin de preservar la verdad jurídica objetiva.
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