BURTACCIO, HECTOR ALEJANDRO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demandantes recurrieron liquidación de intereses aprobada contra el Estado. La Cámara ordenó nueva liquidación que considere todos los intereses adeudados hasta el pago efectivo.
Pago de intereses sobre deuda salarial
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa revocó el rechazo de la liquidación de intereses complementarios y ordenó una nueva liquidación que contemple los intereses hasta el pago efectivo, de acuerdo a lo dispuesto en la sentencia definitiva. La Cámara consideró que la sentencia firme estableció que el pago de la deuda se rige por la Ley 23.982, debiendo calcularse los intereses a la tasa pasiva promedio del BCRA, capitalizables mensualmente hasta el pago. Por lo tanto, el pago efectuado por el Estado sin computar los intereses hasta esa fecha no puede reputarse íntegro ni cancelatorio.
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