AVENDAÑO, ROLANDO JULIO Y OTRO c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
El actor promovió demanda por la inconstitucionalidad de normas del impuesto a las ganancias que gravan a jubilados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al momento de aplicación de intereses.
- Actores: Rolando Julio Avendaño y Walter René Fiedler
¿A quién se demanda?
EN
- AFIP
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que gravan a jubilados.
¿Qué se resolvió?
- El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad de las normas, ordenando el reintegro de los montos retenidos en los últimos 5 años.
- La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad, pero modificó el período del reintegro, estableciendo que este corresponderá a los montos retenidos desde que cada actor cumplió 60 años de edad.
- La Cámara también modificó la imposición de costas, estableciendo que se impongan en el orden causado en ambas instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema en el precedente "García" consideró que el régimen previsional vigente vulnera los derechos de las personas mayores, al someterlos a un criterio estrictamente patrimonial para la imposición del impuesto.
- La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, incorporada por Ley 27.360, define a la persona mayor como aquella de 60 años o más, lo cual delimita el universo de beneficiarios de la decisión.
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