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ALBARRACIN, JONATAN PABLO c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH - SPF - DTO 586/19 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Servicio Penitenciario Federal apeló un fallo que rechazó su defensa de falta de agotamiento de la vía administrativa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión al considerar que no es necesario agotar la vía administrativa en el ámbito de las fuerzas de seguridad.

Servicio penitenciario federal Fuerzas de seguridad Agotamiento de la via administrativa Ley 19 549 Accion contencioso administrativa Supletoriedad


¿Quién es el actor?

Jonatan Pablo Albarracín

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Servicio Penitenciario Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Otorgamiento de compensaciones remunerativas y bonificables creadas por el Decreto 243/15

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Servicio Penitenciario Federal y confirmó la decisión de primera instancia que había rechazado la defensa de falta de agotamiento de la vía administrativa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema estableció que los requisitos de admisibilidad de la acción contencioso administrativa previstos en la Ley 19.549 no son aplicables en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
- La aplicación supletoria de la Ley 19.549 a los procedimientos especiales no puede extenderse a disposiciones restrictivas de derechos.
- El Servicio Penitenciario Federal, como fuerza de seguridad, se encuentra excluido del régimen de la Ley 19.549.
- La conducta del Estado torna ineficaz el procedimiento administrativo previo.

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