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El Estado Nacional apeló la intimación de pago de una condena. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la intimación y ordenó el cumplimiento de la sentencia conforme a la normativa presupuestaria.

Intereses Recurso de apelacion Ejecucion de sentencia Deuda estatal Credito presupuestario Pago de condenas

Pago de sumas adeudadas por sentencia judicial

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la intimación de pago dictada por el juez de primera instancia, en atención a que los plazos legales para el cumplimiento de la condena aún no habían vencido. Señaló que la demandada debe cumplir con la sentencia conforme a la normativa presupuestaria aplicable, que prevé la inclusión de los créditos en el presupuesto del año siguiente. Destacó que mientras no se cancele el crédito, seguirán devengándose los intereses correspondientes.

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