COINGSA SA c/ EN-DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La parte demandada impugnó los honorarios de los abogados de la parte actora. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados en primera instancia y fijó nuevos honorarios por su intervención en la apelación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se inició por un proceso de conocimiento promovido por la empresa COINGSA SA contra la Dirección Nacional de Vialidad (DNV). La Cámara Contencioso Administrativa Federal analizó los honorarios de los abogados intervinientes. Señaló que, atento a la fecha de inicio del litigio, corresponde aplicar la Ley 27.423 para determinar los honorarios. Además, indicó que al no haberse suspendido los plazos procesales, la letrada demandada debía ejercer la totalidad de los actos procesales, lo que determina la improcedencia de los agravios de la actora. Recordó que la actividad de los abogados se presume onerosa según la Ley 27.423. Teniendo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la labor profesional desarrollada, confirmó los honorarios fijados en primera instancia a la Dra. Ana Lucía Martínez Ortiz. Además, le fijó honorarios por su intervención ante la Alzada, en 1.5 Unidades de Medida Arancelaria (UMA), equivalentes a $ 60.856.
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