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PILLADO CEREALES SRL (TF 37534-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La contribuyente impugnó los ajustes del Fisco contra créditos fiscales computados por operaciones con supuestos proveedores apócrifos. La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la decisión del Tribunal Fiscal, pero dejó sin efecto la multa por defraudación.

Iva Credito fiscal Multa por defraudacion Proveedores apocrifos Capacidad operativa Elemento subjetivo


¿Quién es el actor?

Pillado Cereales SRL

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (DGI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de ajustes del Fisco contra créditos fiscales computados por operaciones con supuestos proveedores apócrifos

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la decisión del Tribunal Fiscal, que había validado los ajustes del Fisco por falta de capacidad operativa y económica de los proveedores. Sin embargo, dejó sin efecto la multa por defraudación, al considerar que no quedó acreditado el elemento subjetivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para computar créditos fiscales es necesario acreditar la capacidad operativa y económica de los proveedores, lo cual no fue demostrado por la contribuyente.
- Respecto a la multa, se requiere probar el elemento intencional, y en este caso no surgen otros elementos que acrediten el dolo más allá de los hechos considerados para determinar el tributo.

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