DURONTO GUILLERMO VICENTE Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO-DTO 1104/05 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demandada apeló la intimación de pago de honorarios regulados a favor de los letrados de la parte actora. La Cámara revocó la intimación al considerar que el crédito aún no era exigible por no haber vencido los plazos legales para su inclusión presupuestaria.
¿Quién es el actor?
Guillermo Vicente Duronto y otros
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de apelación de la demandada y revocó la providencia que había intimado el pago de los honorarios regulados a favor de los Dres. Duronto y Guardó. Consideró que al momento de dictarse dicha providencia, el crédito aún no era exigible porque no habían vencido los plazos previstos en las leyes 23.982 y 11.672 para su inclusión presupuestaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que, de acuerdo a la jurisprudencia, ante la falta de crédito presupuestario suficiente, el Estado Nacional tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena al ejercicio siguiente. En el caso, la demandada acreditó que había iniciado el trámite de inclusión del crédito en el presupuesto 2023, por lo que la intimación de pago resultaba improcedente.
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