GOLDSONIC SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, confirmó los honorarios regulados a los letrados por la demandada, argumentando que deben ponderarse diversos factores para una justa retribución de la tarea profesional.
¿Quién es el actor?
GOLDSONIC SA
¿A quién se demanda?
EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTRO
- Objeto de la demanda: Proceso de Conocimiento
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, confirmó los honorarios regulados a los letrados de la parte demandada.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Para la regulación de honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada profesional.
- No resulta conveniente la mera aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles, ya que podría conducir a una evidente e injustificada desproporción con la labor realizada.
- El valor del juicio no es la única base computable para la regulación de honorarios, los que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la tarea profesional.
- Teniendo en cuenta estos criterios, corresponde confirmar los honorarios fijados.
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