JUFETEX SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La empresa Jufetex SA promovió una medida cautelar contra el Estado Nacional y la Secretaría de Comercio. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró inoficioso el tratamiento del recurso de apelación interpuesto por Jufetex SA, ante la derogación del régimen cuestionado.
¿Quién es el actor?
Jufetex SA
- Demandados: Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo
- Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medida cautelar para que la autoridad administrativa se abstuviera de requerir la presentación de la declaración en el SIMI con el estado "SALIDA" y permitiera la oficialización de los despachos de importación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inoficioso el tratamiento del recurso de apelación, ante la derogación del régimen impugnado y la creación de un nuevo sistema (SIRA y luego SEDI) para el monitoreo de importaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El juez de primera instancia había rechazado la medida cautelar por considerar que la verosimilitud del derecho invocado no se exhibía con el grado de apariencia requerido.
- La Cámara señaló que, al haberse alterado los términos de la controversia original, con la derogación del régimen cuestionado, resultaba inoficioso que el tribunal se pronunciara sobre los agravios formulados.
- El nuevo régimen establecido por las Resoluciones Conjuntas 5271/2022 y 5466/2023 modificó sustancialmente las condiciones para el registro y tramitación de las importaciones, por lo que la cuestión sometida a decisión devino abstracta.
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