MANRESA, VERONICA MERCEDES Y OTRO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los jubilados impugnaron la aplicación del impuesto a las ganancias sobre sus haberes. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció pautas para el cálculo de los intereses y las costas.
Impugnación de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 23 inc. c, 79 inc. c, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias
- Se ordena el reintegro de las sumas retenidas por ese concepto, con intereses desde la interposición de la demanda
- Se distribuyen las costas en el orden causado
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Según el precedente "García, María Isabel", la sola capacidad contributiva es insuficiente para gravar a los jubilados; debe ponderarse su vulnerabilidad
- La Cámara ha confirmado en numerosos precedentes la inconstitucionalidad de esas normas que gravan a los beneficiarios previsionales
- La ley 27.617 no modificó ese criterio jurisprudencial, ya que mantuvo un criterio estrictamente patrimonial sin atender a la vulnerabilidad de los jubilados
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