BELIZAN, JUAN RENE Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó el pago de una condena en su favor contra la Policía Federal Argentina. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión que ordenó cancelar el crédito conforme la normativa presupuestaria.
¿Quién es el actor?
BELIZAN, JUAN RENE Y OTROS
¿A quién se demanda?
EN-MSEGURIDAD-PFA (Policía Federal Argentina)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de una condena dineraria
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por los actores y confirmó la resolución que ordenaba cancelar el crédito adeudado conforme los plazos y procedimientos establecidos en la normativa presupuestaria.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La Corte Suprema ha interpretado que el art. 22 de la Ley 23.982 y el art. 170 de la Ley 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto imponen al Estado la obligación de arbitrar los medios necesarios para cancelar las condenas dinerarias, pero dentro de los plazos y mecanismos previstos en dichas normas.
- Según esta normativa, la obligación de pago nace recién al quedar firme el quantum de la condena, lo que en este caso ocurrió el 10/4/23 con la aprobación de la liquidación.
- Por lo tanto, los actores no se encuentran habilitados para promover la ejecución judicial, dado que aún no ha concluido el ejercicio presupuestario en curso ni vencido los plazos legales para la cancelación.
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