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EN-M A Y DS c/ ASERRADERO DEL NORTE SACIAI s/PROCESO DE EJECUCION

Tribunal Contencioso Administrativo Federal fija honorarios de la dirección letrada de la parte actora conforme la Ley 27.423.

Honorarios Ley 27 423 Proceso de ejecucion Direccion letrada Impuesto al valor agregado


¿Quién es el actor?

No especificado

¿A quién se demanda?

ASERRADERO DEL NORTE SACIAI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de ejecución

¿Qué se resolvió?

El tribunal fija los honorarios de la dirección letrada y representación de la parte actora en 6 UMA, equivalentes a $243.426, en conjunto, a distribuirse conforme la proporción establecida en la anterior instancia, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 27.423.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 16 de la Ley 27.423 establece que los jueces no podrán apartarse de los mínimos allí establecidos, los cuales revisten carácter de orden público. En este caso, el mínimo está fijado en el art. 58, inc. b) de dicha ley.
- Se consideraron la naturaleza, resultado y monto del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional, las etapas cumplidas y que no se opusieron excepciones.
- Si el profesicio acredita ser responsable inscripto en IVA, se deberá adicionar la alícuota correspondiente a dicho tributo, también a cargo del condenado en costas, conforme doctrina de la CSJN.

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