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TELECOM ARGENTINA SA c/ EN - SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION DEPENDIENTE DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó el monto de los honorarios de los abogados por considerar que la aplicación automática de porcentajes arancelarios lleva a una desproporción con la labor realizada.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Proporcionalidad Regulacion Camara contencioso administrativa federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

La presente sentencia resuelve un recurso interpuesto por TELECOM ARGENTINA S.A. contra el ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones). La Cámara Contencioso Administrativa Federal, en la Sala II, modificó el monto de los honorarios regulados a favor de los abogados de la codemandada ENACOM. La Cámara señaló que para determinar una retribución equitativa y justa de los profesionales, no resulta conveniente la aplicación automática de porcentajes arancelarios, ya que ello puede llevar a una evidente e injustificada desproporción con la labor efectivamente realizada. Por ello, consideró los siguientes factores: la naturaleza del asunto, el resultado, el monto involucrado, el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada en la causa. En atención a ello, elevó los honorarios de las Dras. María Victoria Arbizu, Vanina Soledad Rago y Lucía García, a la suma de $170.398,20, equivalente a 4,2 UMA. La Cámara también aclaró que el importe del impuesto al valor agregado (IVA) integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo.

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