ALEGRE, LEONARDO JUAN c/ EN-M JUSTICIA DDHH-SPF-DTO 586/19 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Miembro del Servicio Penitenciario Federal impugna rechazo de excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la decisión de primera instancia y considera que los requisitos de la Ley 19.549 no son aplicables a las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
¿Quién es el actor?
Leonardo Juan Alegre, miembro del Servicio Penitenciario Federal
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Servicio Penitenciario Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de una disposición de alcance general (Decreto 586/19)
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma el rechazo de la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa opuesta por el Estado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que los requisitos de admisibilidad de la acción contencioso administrativa previstos en la Ley 19.549 no son aplicables en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
- Esta interpretación ha sido receptada por la Cámara del Fuero en el Fallo Plenario "Marroquín Urquiola" y ratificada por la Corte en la causa "Daus".
- Por ende, al tratarse el Servicio Penitenciario Federal de una Fuerza de Seguridad, se encuentra excluido del régimen de la Ley 19.549, por lo que no es necesario el agotamiento previo de la vía administrativa.
- En cuanto a las costas, corresponde imponerlas a la parte vencida, en aplicación del principio objetivo de la derrota.
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