KOUYOUMDJIAN, SUSANA ELENA c/ TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEL CONSEJO PROFESIONAL DE GRADUADOS EN SERVICIO SOCIAL O TRABAJO SOCIAL DE CABA (EX 1/22) s/RECURSO DIRECTO ART. 39 LEY 25.164
La licenciada en Trabajo Social interpuso recurso directo contra la sanción de llamado de atención impuesta por el Tribunal de Disciplina. La Cámara rechazó el recurso al considerar que la actuación de la profesional no se ajustó a las exigencias éticas y legales del ejercicio de la profesión.
La licenciada Susana Kouyoumdjain, trabajadora social, interpuso un recurso directo contra el dictamen del Tribunal de Disciplina del Consejo Profesional de Graduados en Servicio Social o Trabajo Social de CABA, que le impuso una sanción de llamado de atención por incumplir deberes éticos en su actuación profesional. El Tribunal de Disciplina consideró que la licenciada no estableció un adecuado encuadre de trabajo, ni efectuó un diagnóstico previo, en una intervención relacionada con un conflicto familiar. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala III, rechazó el recurso, considerando que la actuación de la licenciada no se ajustó a las exigencias éticas y legales que rigen el ejercicio profesional del trabajo social. Se señaló que el Tribunal de Disciplina tiene facultades para evaluar y sancionar la conducta de los profesionales, siendo el control judicial limitado a verificar la legalidad y razonabilidad de la decisión. Los fundamentos de la Cámara se basaron en las normas que regulan el ejercicio de la profesión, como la Ley 23.377 y el Código de Ética, que imponen deberes de capacitación, idoneidad técnica y metodología adecuada.
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