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ARGECAM SRL Y OTROS c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 42

La entidad sumariada y su socio gerente recurrieron la sanción impuesta por el Banco Central por incumplimientos de control interno y obstaculización a la inspección. La Cámara revocó parcialmente la sanción al considerar aplicable el principio de retroactividad de la norma más benigna.

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- Actor: ARGECAM SRL y Sergio Nelio SANTA CRUZ
- Demandado: Banco Central de la República Argentina
- Objeto: Recurso contra sanción impuesta por el BCRA por incumplimientos de control interno (Cargo 2) y obstaculización a la inspección (Cargo 1)
- Decisión: La Cámara revocó la sanción por el Cargo 2 por considerar aplicable el principio de retroactividad de la norma más benigna, al haber dejado de ser exigibles las normas infringidas. Confirmó la sanción por el Cargo 1 relativo a la obstaculización a la inspección.
- Fundamentos:
- Respecto del Cargo 2, el Tribunal consideró que el principio de retroactividad de la norma más benigna es aplicable al ámbito de las infracciones administrativas, conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema. Dado que el BCRA reconoció que las normas infringidas dejaron de ser exigibles, correspondía revocar la sanción por ese cargo.
- Respecto del Cargo 1, el Tribunal entendió que la entidad no logró desvirtuar la acreditación de la falta de entrega oportuna de documentación requerida por la inspección.

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