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ENACOM c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA-EXPTE 46939845/21 s/PROCESO DE EJECUCION

La autoridad de aplicación promovió proceso de ejecución contra una empresa telefónica. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revisó y ajustó los montos de los honorarios de los letrados de ambas partes.

Honorarios Proceso de ejecucion Telefonica de argentina Ente nacional de comunicaciones


¿Quién es el actor?

ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones)

¿A quién se demanda?

TELEFONICA DE ARGENTINA SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de ejecución

¿Qué se resolvió?

La Cámara elevó los honorarios de los letrados de la parte actora y confirmó los de la parte demandada. Los fundamentos principales fueron: "En atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate —monto que surge de la liquidación aprobada del 26/6/23—; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas durante las 3 etapas que tuvo trámite este juicio ejecutivo, corresponde: i) ELEVAR a la cantidad de 3,12 U.M.A —equivalentes a la suma de $153.114— y a 5,2 U.M.A —equivalentes a la suma de $255.190—, respectivamente, los honorarios de las doctoras Jacqueline Elizabeth Dinale y María Matilde Gabriel, letradas apoderada y patrocinante de la parte actora; y, ii) CONFIRMAR los emolumentos correspondientes a las doctoras María Victoria Arbizu y Nora Eliana Bernal, patrocinantes de la mencionada parte (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 25, 29 inc. f, 34, 51 y ccdtes. De la ley 27.423 y CSJN resol. SGA nº 925/24)."

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