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CENCOSUD SA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA SECRETARIA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45

Cencosud SA interpuso recurso directo contra una sanción administrativa, pero la Cámara Contencioso Administrativa Federal determinó que el recurso corresponde a la competencia de la Cámara Civil y Comercial Federal.

Recurso directo Competencia judicial Sancion administrativa Camara civil y comercial federal Lealtad comercial


¿Quién es el actor?

Cencosud SA

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía
- Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra Disposición que impuso multa a Cencosud por infracción a la Ley de Lealtad Comercial

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó la atribución de competencia y ordenó remitir las actuaciones a la Cámara Civil y Comercial Federal, siguiendo el criterio del Fiscal General y de un precedente de la misma Sala.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El DNU 274/2019 derogó la Ley 22.802 de Lealtad Comercial, pero estableció que los recursos directos contra sanciones bajo esa ley deberían tramitarse ante la Cámara Civil y Comercial Federal.
- Por lo tanto, el recurso directo interpuesto por Cencosud corresponde a la competencia de la Cámara Civil y Comercial Federal, y no de la Contencioso Administrativa Federal.

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