EN - M INTERIOR c/ MUNICIPALIDAD DE HUMAHUACA - PROVINCIA DE JUJUY s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Ministerio del Interior promovió demanda contra la Municipalidad de Humahuaca por incumplimiento de un convenio. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación y confirmó la notificación de la demanda por cédula.
¿Quién es el actor?
Ministerio del Interior
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Humahuaca, Provincia de Jujuy
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de sumas de dinero por incumplimiento de un convenio específico de cooperación
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio del Interior contra la providencia que ordenaba notificar la demanda mediante cédula y no por carta documento.
Fundamentos principales:
- El Código Procesal Civil y Comercial establece que la notificación del traslado de la demanda debe efectuarse únicamente por cédula o acta notarial, a fin de asegurar el efectivo conocimiento por el demandado y resguardar las garantías del debido proceso y la defensa en juicio.
- Si bien es cierto que existen costos asociados al proceso judicial, éstos no pueden ser un obstáculo para garantizar el ejercicio pleno del derecho de defensa. La notificación por carta documento, si bien puede facilitar el trámite, no cumple con los requisitos legales establecidos para la válida constitución de la relación procesal.
- La Corte Suprema de Justicia ha reiterado la vital importancia que reviste el traslado de la demanda, en tanto de su regularidad depende la efectiva vigencia del principio de bilateralidad.
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