ASAMBLEA 326 CONSTRUCCIONES SA c/ EDESUR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió sobre los honorarios del letrado de la parte demandada en un proceso de conocimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia analizada corresponde a un incidente dentro de un proceso de conocimiento iniciado por la parte actora, Asamblea 326 Construcciones SA, contra la demandada Edesur SA. En la sentencia, la Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala IV, redujo los honorarios regulados al letrado de la parte demandada, Dra. Juana Marcelina Sandrini, a 5 U.M.A (equivalentes a $262.550). La Cámara fundamentó esta decisión en "la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate —caducidad del proceso de conocimiento—; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante el trámite de este proceso ante Primera Instancia".
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