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PEUGEOT CITROEN ARGENTINA SA c/ EN-AFIP-DGA-SIGEA 12042-247/157/191/61/90/206/182/185/85/93/84-2014 s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

La actora planteó la inconstitucionalidad de resoluciones que fijaban la tasa de interés aplicable a la devolución de tributos aduaneros. Si bien se rechazó el planteo de inconstitucionalidad, la Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y aplicará la tasa de interés pasiva promedio del BCRA.

Tasa de interes Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Bcra Codigo aduanero Repeticion de tributos

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Peugeot Citroen Argentina S.A., demanda la inconstitucionalidad de las resoluciones que fijaban la tasa de interés aplicable a la devolución de tributos aduaneros.
- El juez de primera instancia rechazó el planteo de inconstitucionalidad y dispuso que los intereses se calculen según las resoluciones cuestionadas.
- La Cámara modificó parcialmente la sentencia, declarando la inconstitucionalidad de la tasa establecida en la Resolución 314/2004 y disponiendo que los intereses se calculen con la tasa pasiva promedio del BCRA.
- La Cámara consideró que la tasa fijada en las resoluciones cuestionadas era irrazonable y lesionaba el patrimonio del contribuyente, por lo que correspondía aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA para resguardar debidamente el derecho de propiedad.
- Si bien se rechazó el planteo de inconstitucionalidad respecto de las Resoluciones 598/2019 y 559/2022, la Cámara dispuso aplicar estas normas, pero con la modalidad de cálculo que resulta más favorable al contribuyente.

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