SPROVIERI, BEATRIZ FELICITAS -SUMARISIMO- Y OTRO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilados demandan la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes. La Cámara confirma la declaración de inconstitucionalidad y ordena el reintegro de los montos retenidos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La señora Beatriz Felicitas Sprovieri y el señor Fabián Alberto Du Santos promovieron una demanda contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) solicitando la declaración de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan los haberes previsionales, y el cese y reintegro de las sumas retenidas. La jueza de primera instancia acogió la demanda y declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, ordenando el cese de las retenciones y el reintegro de los montos retenidos. La AFIP apeló, argumentando que la ley 27.725 habría creado un nuevo impuesto cedular que volvía abstracta la demanda, y que la vía procesal elegida no era idónea. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia. Consideró que la ley 27.725 no alteraba el criterio jurisprudencial que considera inconstitucional gravar los haberes de los jubilados sin tener en cuenta su situación de vulnerabilidad. Además, entendió que en este caso la vía elegida era apropiada, pues cuando la cuestión de constitucionalidad no puede ser resuelta en sede administrativa, corresponde a los tribunales pronunciarse al respecto.
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