COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA IDONEOS E LA RECOLECCION DE RESIDUOS 31 DE MAYO LIMITADA (TF 68777123-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la resolución del Tribunal Fiscal que se declaró incompetente para entender en la presentación de la cooperativa sobre sanciones de la seguridad social.
¿Quién es el actor?
Cooperativa de Provisión de Servicios para Idóneos de la Recolección de Residuos 31 de Mayo Limitada
¿A quién se demanda?
Dirección General Impositiva
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra la resolución del Tribunal Fiscal que se declaró incompetente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la resolución del Tribunal Fiscal que se declaró incompetente, al considerar que no se cumplían los requisitos de competencia establecidos en la Ley 11.683. El Tribunal Fiscal señaló que no se había dictado un acto administrativo impugnable y que las cuestiones de la seguridad social no son competencia del Tribunal Fiscal, salvo que esté expresamente previsto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La competencia del Tribunal Fiscal está limitada a ciertos supuestos previstos en la Ley 11.683, como recursos de apelación contra determinaciones de tributos, imposición de multas o denegatorias de repetición, lo cual no se verificaba en este caso.
- Las disposiciones de la Ley de Procedimiento Tributario no resultan aplicables al Régimen Nacional de la Seguridad Social, salvo previsión expresa.
- Si bien la AFIP tiene competencia en materia de seguridad social, ello no implica que el Tribunal Fiscal tenga competencia recursiva.
- La equivocada articulación del recurso ante un órgano incompetente no implica la pérdida del derecho a oponer las defensas en la instancia correcta.
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