MONTORO, JOSE LUIS c/ EN-M DEFENSA-ARMADA-DISP 62/22 s/AMPARO LEY 16.986
El Estado Nacional apeló la imposición de una sanción conminatoria por incumplimiento de intimación judicial. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia.
Amparo ley 16.986
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y se confirmó la resolución de primera instancia que impuso una sanción conminatoria de $2.000 por incumplimiento de una intimación judicial.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Si bien la actora no notificó electrónicamente al demandado de la resolución que impuso la sanción conminatoria, dicha omisión no afectó el derecho de defensa del Estado Nacional, ya que este interpuso el mismo día un recurso de revocatoria, lo que demuestra que tuvo conocimiento de dicha resolución.
- Respecto a la notificación de la resolución que concedió el recurso de apelación, ésta sí fue debidamente notificada al Estado Nacional, quien cuestionó dicha notificación el mismo día.
- Por lo expuesto, el tribunal entendió que no correspondía anular las resoluciones apeladas por un excesivo rigor formal, ya que no se había demostrado un perjuicio concreto ni una afectación al derecho de defensa.
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