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RPB SOCIEDAD ANONIMA c/ EN - AFIP - DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

La Cámara Contencioso Administrativa Federal regula los honorarios de la representación letrada de la parte actora y de la perito contable interviniente en un proceso contra la AFIP-DGI.

Regulacion de honorarios Perito contable Camara contencioso administrativa federal Direccion general impositiva Afip dgi


¿Quién es el actor?

RPB SOCIEDAD ANONIMA

¿A quién se demanda?

EN
- AFIP
- DGI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora y de la perito contable interviniente.

¿Qué se resolvió?

i. Se elevan los honorarios de la Dra. Cynthia Paula Calligaro, letrada de la parte actora, a $1.800.000 para la primera etapa y a 87 U.M.A (equivalentes a $4.568.370) para la segunda y tercera etapa. ii. Se elevan los honorarios de la contadora Elizabeth Mariana Lafalce, perito interviniente, a 31 U.M.A (equivalentes a $1.627.810). iii. Se fijan los honorarios de la Dra. Cynthia Paula Calligaro en 71 U.M.A (equivalentes a $3.728.210) por las contestaciones de traslado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate —dirección general impositiva—; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas durante el trámite ante Primera Instancia, corresponde..." "Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3º del decreto ley 16.638 y, la entidad de la tarea desempeñada y la importancia de la cuestión sobre la que hubo de expedirse la perito nombrada en autos, contadora Elizabeth Mariana Lafalce, ELEVANSE a la cantidad de 31 U.M.A —equivalentes a la suma de $1.627.810— los honorarios regulados a su favor (Ley 27.423)." "Que, asimismo y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 30 y demás concordantes de la ley del arancel, la trascendencia de los asuntos discutidos —sentencias del 10/3/22 y 21/4/22— y la entidad de los trabajos cumplidos —contestaciones de traslado del 26/10/21 y 31/3/22—, corresponde FIJAR en la cantidad de 71 U.M.A —equivalentes a la suma de $3.728.210— los honorarios de la doctora Cynthia Paula Calligaro, letrada apoderada de la parte actora."

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