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ADIF SE c/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES-M° OYSP-UEPFP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II denegó el recurso extraordinario interpuesto por la Provincia de Buenos Aires contra la sentencia que confirmó el cobro de una deuda derivada de un convenio con ADIF.

Recurso extraordinario Provincia de buenos aires Cobro de pesos Consolidacion de deuda Adif Deuda publica provincial Ministerio de obras y servicios publicos Unidad ejecutora del programa ferroviario provincial

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante ADIF promovió un cobro de pesos contra la Provincia de Buenos Aires
- Ministerio de Obras y Servicios Públicos
- Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial ("UEPFP"), persiguiendo el cobro de una suma de dinero, en concepto de deuda derivada de la ejecución de un convenio que había unido a las partes. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II resolvió: a) rechazar el recurso de apelación articulado y, en consecuencia, confirmar la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda; y b) imponer las costas de esta instancia en el orden causado. Contra dicho pronunciamiento, la Provincia de Buenos Aires interpuso recurso extraordinario. La Cámara denegó el recurso extraordinario, sosteniendo que los agravios referidos a la aplicación de un régimen de consolidación de deuda pública provincial remiten al examen de cuestiones de hecho y derecho común y procesal, que son materia propia de los jueces de la causa y ajena a la instancia del recurso extraordinario. Asimismo, descartó que la arbitrariedad atribuida a la sentencia constituya una causal que pueda ser considerada, al entender que el pronunciamiento muestra suficiente fundamentación fáctica y jurídica.

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