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SINOPOLI, NATALIA ELISABETH c/ CPACF (EX 31591/20) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

La abogada Natalia Elisabeth Sinopoli fue sancionada con multa por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal por infringir deberes fundamentales de la profesión. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción.

Caducidad de instancia Recurso directo Negligencia Sancion disciplinaria Ejercicio de la abogacia Deberes profesionales

Actor: Defensor oficial de la Dra. Natalia Elisabeth Sinopoli Demandado: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Objeto: Recurso de apelación contra sanción de multa impuesta a la Dra. Sinopoli por el Tribunal de Disciplina Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación, confirmando la sanción de multa impuesta a la abogada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara sostuvo que la abogada incumplió el deber de atender los intereses de su cliente con celo, saber y dedicación, al permitir la caducidad de la instancia y consecuente prescripción del derecho de su cliente.
- La falta ética de la abogada quedó acreditada, demostrando una conducta negligente al no extremar los recaudos mínimos para controlar los plazos del expediente.
- El monto de la multa impuesta no resultó excesivo, en atención a la gravedad de la falta cometida.
- La revisión judicial de las sanciones del Tribunal de Disciplina se limita al control de legalidad y razonabilidad, no pudiendo el tribunal sustituir el criterio del órgano especializado.

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