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ROJO, ALBERTO c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El jubilado residente en el exterior demandó la inconstitucionalidad de la retención del Impuesto a las Ganancias sobre su haber previsional. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar al reclamo.

Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Jubilados Confiscatoriedad Residencia en el exterior

¿Qué se resolvió en el fallo?

El señor Alberto Rojo, un jubilado de 72 años residente en Uruguay, demandó contra el Estado Nacional
- AFIP la inconstitucionalidad del artículo 79, inc. c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias que establecía retenciones sobre sus haberes jubilatorios. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de la norma para este caso en particular. Consideró que el actor se encuentra alcanzado por los artículos 82, inc. c) y 102 de la Ley 20.628, y no por las disposiciones del artículo 30 reformado por la Ley 27.617 que establecía un límite mínimo para la deducción. Ponderó la avanzada edad del actor, el carácter alimentario de su escaso haber jubilatorio y la excesiva retención aplicada. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia apelada. Aplicó la doctrina del fallo "García" de la Corte Suprema, que declaró la inconstitucionalidad de las normas que imponían el Impuesto a las Ganancias sobre los haberes de los jubilados en situación de vulnerabilidad, sin necesidad de acreditar la confiscatoriedad del tributo. Consideró que las modificaciones posteriores de la Ley 27.617 y el Decreto 473/23 no implican un tratamiento diferenciado suficiente para este colectivo.

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