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RIQUEZA, ADRIAN ENRIQUE c/ EN - AFIP - LEY 11683 s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

El actor promovió demanda de repetición de impuesto sobre su haber jubilatorio. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que ordenó a la AFIP reintegrar las sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias.

Prescripcion Repeticion Impuesto a las ganancias Agente de retencion Caracter alimentario Haber previsional


¿Quién es el actor?

Adrián Enrique Riqueza

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre el haber previsional del actor.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la AFIP restituir al actor las sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre su haber jubilatorio. Fundamentos principales:
- El reclamo administrativo previo no era exigible en este caso, pues las sumas cuya repetición se pretendía fueron detraídas e ingresadas a la AFIP a través de un agente de retención, por lo que la situación resulta asimilable a un pago a requerimiento.
- Dado el carácter alimentario de los derechos previsionales, obligar al actor a transitar la vía administrativa hubiera ido en contra de la celeridad que amerita la resolución de esta controversia, considerando la avanzada edad del actor.
- El reintegro alcanza a los períodos no prescriptos, de acuerdo con el plazo de 5 años establecido en el artículo 56 de la Ley 11.683.
- Las costas se distribuyen en ambas instancias en el orden causado, atendiendo a la novedad y complejidad del tema debatido.

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