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CONSORCIO DE COPROPIETARIOS JERONIMO SALGUERO 3313/27 Y SAN MARTIN DE TOURS 3190/92 c/ EDENOR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El consorcio reclamó daños y perjuicios contra EDENOR SA. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la aplicación de intereses moratorios sobre los honorarios regulados en UMA.

Danos y perjuicios Honorarios Intereses moratorios Consorcio Distribucion de energia electrica Unidad de medida actualizable uma


¿Quién es el actor?

Consorcio de Copropietarios Jerónimo Salguero

¿A quién se demanda?

EDENOR SA
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que ordenó practicar nuevas liquidaciones para calcular los intereses moratorios sobre los honorarios regulados al letrado y a la perito tasadora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los artículos 51 y 54 de la Ley 27.423 establecen que los honorarios regulados judicialmente deben abonarse al valor de la UMA vigente al momento del pago, y que devengarán intereses cuando haya mora del deudor.
- Dado que EDENOR SA incurrió en mora en el pago de los honorarios, corresponde aplicar los intereses moratorios previstos en la ley.
- La Cámara rechazó el agravio de EDENOR SA respecto a la improcedencia del cálculo de intereses sobre los honorarios en UMA, por considerar que la ley es clara al respecto.

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