ADDUC- Y OTRO c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó los honorarios regulados a favor de los letrados de las partes en un juicio por daños y perjuicios contra una empresa de telecomunicaciones.
¿Quién es el actor?
ADDUC y otro
¿A quién se demanda?
Telefónica de Argentina SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Juicio por daños y perjuicios
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó a la baja los honorarios fijados en primera instancia a favor de los letrados de ambas partes, con fundamento en que la aplicación automática de los porcentajes arancelarios sobre el monto del juicio generaría una remuneración desproporcionada a la labor efectivamente realizada. Señaló que en casos de montos excepcionales, los jueces pueden apartarse de los porcentajes legales para fijar una retribución justa y mesurada, sin sujetarse a los mínimos establecidos.
Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema ha sostenido que el valor del juicio no es la única base para regular honorarios, debiendo atenderse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- Cuando la aplicación de los porcentajes arancelarios lleva a resultados exorbitantes y desproporcionados, corresponde practicar la regulación conforme a pautas como la importancia, mérito, novedad, complejidad y eficacia de las tareas realizadas.
- En el caso, la magnitud excepcional del monto del juicio hacía procedente la aplicación de la excepción del art. 13 de la Ley 24.432, que permite apartarse de los porcentajes legales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: