Subexpediente Nº 1 - CACERES, MARTIN EDUARDO Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demanda por diferencia de intereses a favor de personal militar y civil. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la ejecución forzada ordenada, ante el diferimiento legal del pago por el Estado.
Diferencia de intereses adeudados
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la ejecución forzada ordenada en primera instancia, al considerar que el Estado se encuentra dentro del plazo legal para incluir el crédito en el presupuesto y efectuar el pago. La Cámara señaló que, si bien no procede en este momento la ejecución, el Estado deberá pagar la totalidad del crédito reconocido (capital más intereses hasta la fecha del pago) y que, de no hacerlo, no podrá solicitar una nueva previsión presupuestaria. Los fundamentos principales se basan en los arts. 22 de la Ley 23.982, 20 de la Ley 24.624 y 68 de la Ley 26.895, que regulan los plazos y procedimiento para que el Estado atienda las condenas judiciales.
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