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DORINKA SRL c/ EN-M ECONOMIA (EX 12379801/23 - DISP 236/24) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45

Empresa sancionada por comercializar productos vencidos interpone recurso directo, pero Cámara declara su incompetencia y remite las actuaciones a otra jurisdicción.

Competencia territorial Recurso directo Comercializacion de productos vencidos Infraccion ley 24 240


¿Quién es el actor?

Dorinka SRL

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra sanción por comercializar productos vencidos

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara su incompetencia territorial y remite la causa a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 45 de la Ley 24.240 establece que los actos administrativos que dispongan sanciones serán impugnables mediante recurso directo ante la Cámara Nacional de Apelaciones en las Relaciones de Consumo o ante las Cámaras de Apelaciones con asiento en las provincias, según corresponda.
- Dado que el hecho que derivó en la sanción ocurrió en Sarandí, Provincia de Buenos Aires, corresponde remitir las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.

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