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COVICO SA c/ EN-M PLANIFICACION Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios regulados a favor de los profesionales intervinientes en un proceso de conocimiento.

Intereses Regulacion de honorarios Ley 27 423 Perito Capital Ley 21 839 Proceso de conocimiento Camara contencioso administrativa federal


¿Quién es el actor?

COVICO SA

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Planificación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de conocimiento

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios regulados a favor del letrado de la parte actora y del perito interviniente. Consideró las pautas de las leyes 21.839 y 27.423 sobre regulación de honorarios, la importancia del asunto, calidad y eficacia de las tareas desarrolladas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema, para trabajos realizados bajo la ley 21.839 no corresponde acumular intereses y actualización monetaria a la base regulatoria, sino calcular los honorarios exclusivamente sobre el capital.
- En cambio, bajo la ley 27.423 los intereses fijados en la sentencia deben integrar la base regulatoria.
- Se redujo los honorarios del letrado de la parte actora por las tres etapas procesales, aplicando las pautas de las leyes 21.839 y 27.423.
- También se redujo los honorarios del perito, ponderando la calidad y eficacia de su labor, su adecuada proporcionalidad con los demás profesionales.
- Finalmente, se regularon los honorarios del letrado por las tareas desarrolladas ante la Alzada.

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