SABBATINI, SERGIO LUIS c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda contra el Estado Nacional por el pago de intereses compensatorios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la decisión de primera instancia y dejó sin efecto la orden de depósito inmediato de los intereses adeudados.
¿Quién es el actor?
Sergio Luis Sabbatini
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército Argentino
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de intereses compensatorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la decisión de primera instancia y dejó sin efecto la orden de depósito inmediato de los intereses adeudados. Consideró que, de acuerdo a la Ley de Consolidación de Deudas (Ley 23.982) y las leyes presupuestarias, el Estado Nacional dispone hasta el 31 de diciembre de 2024 para efectivizar el pago de los intereses, por lo que no correspondía ordenar el depósito inmediato.
Los fundamentos principales fueron:
- La Ley 23.982 establece que el Estado Nacional tiene un plazo hasta el cierre del ejercicio presupuestario siguiente al reconocimiento de la deuda para incluirla en el presupuesto y proceder a su pago.
- El artículo 132 de la Ley 11.672 y su modificatoria (art. 68 Ley 26.895) establecen un procedimiento especial para el pago de condenas al Estado que permite diferir el pago al ejercicio presupuestario siguiente cuando no existen créditos suficientes.
- Según la jurisprudencia de la CSJN ("Curti"), mientras no se encuentre vencido el plazo del art. 22 de la Ley 23.982, la deuda no resulta exigible.
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