EL YAR, EDUARDO LUIS c/ CPACF (EXP. 77218/20) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
El abogado Eduardo Luis Yar interpuso recurso directo contra la sanción de llamado de atención impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sanción por considerar acreditada la falta ética del letrado.
¿Quién es el actor?
Eduardo Luis Yar, abogado
¿A quién se demanda?
Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la sanción de llamado de atención impuesta por el Tribunal de Disciplina del CPACF
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso directo interpuesto por el abogado Yar.
Fundamentos principales:
- Se acreditó que el abogado Yar incumplió deberes fundamentales inherentes al ejercicio de la profesión al no solicitar prueba relevante, no comparecer a audiencias importantes y no mantener adecuadamente informado a su defendido sobre el estado de la causa penal.
- La potestad disciplinaria del Tribunal de Disciplina se orienta a resguardar el correcto ejercicio de la profesión de abogado, más allá de los efectos concretos de las faltas sancionadas.
- No es necesario acreditar un perjuicio efectivo para configurar una falta ética, basta con el incumplimiento objetivo de los deberes profesionales.
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