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REBA COMPAÑIA FINANCIERA SA Y OTROS c/ BCRA (EX 388-88/21 - SUM FIN 1596 - RESOL 386/23) s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 42

La compañía financiera REBA fue sancionada por el BCRA por utilizar estrategias publicitarias que podían generar confusión sobre su naturaleza frente al público. La Cámara Federal Contencioso Administrativo rechazó los recursos presentados contra las sanciones impuestas.

Publicidad enganosa Responsabilidad de directivos Denominacion social Sanciones administrativas Entidades financieras


¿Quién es el actor?

REBA Compañía Financiera SA y otros

¿A quién se demanda?

BCRA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Sanciones impuestas por el BCRA por infracción al art. 19 de la Ley de Entidades Financieras

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó los recursos directos presentados contra las sanciones. La Cámara consideró que la utilización por REBA del término "Rebanking" y otras estrategias publicitarias podían generar confusión en el público sobre su naturaleza de compañía financiera y no de banco, infringiendo el art. 19 de la Ley de Entidades Financieras. Asimismo, consideró acreditado que REBA no acató de manera inmediata las instrucciones del BCRA para cesar en el uso de esos términos. En cuanto a la responsabilidad de los directivos y síndicos, la Cámara entendió que resultaban sancionables por omitir la conducta debida en razón de sus cargos. Por último, la Cámara consideró adecuada la graduación de las sanciones impuestas por el BCRA.

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